REGLAMENTACIÓN.


CONSIGNAS PARA VIGILANCIA.


 1. EL CAMBIO DE TURNO SE REALIZARÁ ENTRE 8:00 Y 9:00 HRS.

2. LOS VIGILANTES INICIARAN SU TRABAJO DEBIDAMENTE UNIFORMADOS Y ASEADOS, TANTO EN SU ROPA COMO EN SU PERSONA.

3. LOS VIGILANTES SE DEBERÁN CONDUCIR CON CORTESÍA Y AMABILIDAD CON TODAS LAS PERSONAS QUE TRATEN. 4. LA CASETA DE VIGILANCIA ES PARA USO EXCLUSIVO DEL PERSONAL DE SEGURIDAD, POR LO QUE ESTÁ PROHIBIDO QUE HAYA PERSONAS AJENAS, ASÍ MISMO DEBERÁN MANTENERLA LIMPIA Y EN ORDEN.

4.EL BAÑO ES PARA USO DE VIGILANCIA, LIMPIEZA Y ADMINISTRACIÓN.

5. ESTA PROHIBIDO FUMAR DENTRO DE LA CASETA DE VIGILANCIA. SE PERMITIRÁ ESCUCHAR MÚSICA DURANTE EL DÍA Y VER TV SOLO POR LA NOCHE A VOLUMEN MODERADO.

6. LOS VIGILANTES NO DEBERÁN GUARDAR OBJETOS DE LOS RESIDENTES POR MAS DE 24 HRS.

7. SIN DESCUIDAR LA CASETA DE VIGILANCIA, SE HARÁN RONDINES POR TODAS LAS ÁREAS DEL CONDOMINIO DURANTE EL DÍA Y LA NOCHE A DIFERENTES HORAS.
 A) SI SE ENCUENTRAN ANOMALÍAS DENTRO DE LAS ÁREAS COMUNES (TOMANDO BEBIDAS EMBRIAGANTES, ESCUCHANDO MÚSICA A ALTO VOLUMEN), SE LES INDICARÁ QUE SE RETIREN Y SI HACEN CASO OMISO SE LLAMARÁ A SEGURIDAD PUBLICA, Y SE TOMARÁ NOTA PARA EL PARTE DE NOVEDADES.

 8. EL VIGILANTE DURANTE SU TURNO SIEMPRE ESTARÁ ATENTO A PRESTAR AYUDA O AUXILIO A TODO RESIDENTE QUE LO REQUIERA, SIEMPRE Y CUANDO SEA POR EL BIENESTAR Y TRANQUILIDAD DE LOS CONDOMINIOS, QUEDA PROHIBIDO HACER MANDADOS O QUEHACERES PARTICULARES. 

9. UNA VEZ QUE EL VIGILANTE QUEDA FRANCO, DEBERÁ RETIRARSE DEL CONDOMINIO Y POR NINGÚN MOTIVO DEBERÁ PERMANECER EN EL MISMO, NI PODRÁ RECIBIR VISITAS DE FAMILIARES O AMIGOS DURANTE SU TURNO.

10. EL VIGILANTE DEBERÁ ESTAR ATENTO AL ABRIR LA PUERTA DEL CAMIÓN DE LA BASURA Y VERIFICAR QUE SE LLEVEN LA MISMA, PIDIENDO EL APOYO AL PERSONAL DE LIMPIEZA PARA QUE ELLOS LIMPIEN EL ÁREA.

11. DEBERÁ VERIFICAR CONSTANTEMENTE EL FUNCIONAMIENTO DE LAS PUERTAS PEATONAL Y VEHICULARES, QUE ESTÉN CERRADAS, DE EXISTIR ALGUNA FALLA DEBERÁ REPORTARLA DE INMEDIATO A LA ADMINISTRACIÓN.

 12. EL VIGILANTE QUE SEA RETIRADO DEL SERVICIO POR CUALQUIER CAUSA, NO SE LE PERMITIRÁ EL ACCESO AL CONDOMINIO.

13. PRENDER LUCES DE ÁREAS COMUNES AL ANOCHECER Y APAGAR EN LA MAÑANA. VERIFICAR CADA TABLERO.

14.TODO ELEMENTO NUEVO, DEBERÁ RECIBIR CAPACITACIÓN SOBRE LOS PORMENORES DEL USO DE LAS INSTALACIONES EN OPERACIÓN NORMAL Y EXCEPCIÓN O EMERGENCIA, Y CONOCER LAS CONSIGNAS.

15.LA SUPERVISION DEL PERSONAL DE VIGILANCIA DEBERÁ ACUDIR AL SERVICIO A VER NOVEDADES DEL TURNO.

 16.EL VIGILANTE NO PERMITIRÁ QUE SE ESTACIONE NINGÚN AUTO (RESIDENTES, FAMILIARES, ETC.) EN LAS ENTRADAS DE LOS ESTACIONAMIENTOS.


CONSIGNAS GENERALES.


1. LA PUERTA PRINCIPAL Y VEHICULAR DEBERÁN PERMANECER EN TODO MOMENTO CERRADAS.

 2. CUALQUIER PERSONA AJENA AL CONDOMINIO QUE DESEE INGRESAR, DEBERÁ PRESENTAR IDENTIFICACIÓN Y SE SOLICITARÁ PREVIA AUTORIZACIÓN DEL DEPARTAMENTO AL QUE VISITA.

3. EL GUARDIA NO ESTÁ AUTORIZADO PARA PROPORCIONAR INFORMACIÓN ALGUNA ACERCA DE LOS CONDOMINIOS.

 4. EL GUARDIA NO ESTA AUTORIZADO PARA FIRMAR POR LA RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS LEGALES Y JUDICIALES.

 5. LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD NO PODRÁN RECIBIR DINERO EN EFECTIVO, CHEQUE O DOCUMENTOS CON VALOR DESTINADOS PARA CUOTAS DE MANTENIMIENTO, PARA OTROS SERVICIOS ES BAJO RESPONSABILIDAD DE QUIEN LO SOLICITE.

Los horarios para laborar dentro de los inmuebles son:
De lunes a viernes de 8: 00 AM a 12: 00 PM y de 1:30 a 5:00 PM.  Sábados de 9:00 AM a 3:00 PM.

Domingo y días feriados: Esta totalmente prohibido.
Mudanzas: Se deberá informar por escrito a la junta de condominio y al personal de vigilancia y seguridad por lo menos 24 horas antes de la realización de la misma, indicando nombre del propietario, torre a la cual será llevada y descripción de la carga. Si por alguna razón para el momento de la misma no se tiene dicha comunicación no se permitirá el acceso a dicha carga.
Días Autorizados para mudanzas:
De lunes a viernes de 8: 00 AM a 12: 00 PM y de 1:30 a 5:00 PM.
Sábados de 9:00 AM a 3:00 PM Domingo y días feriados: Esta totalmente prohibido.

Queda terminantemente prohibido el acceso al conjunto residencial de vehículos de carga que contengan cualquier tipo de bienes, enceres o materiales de construcción, los días domingos y feriados.
 Fiestas o celebraciones: El personal de vigilancia y seguridad deberá velar por el cumplimiento de estos horarios, en relación a volumen de la música dentro de los apartamentos, ruidos molestos o cualquier incidente que perturbe la tranquilidad y buenas costumbres:
Horarios: martes a jueves: hasta las 10:00 pm. Viernes y sábado: hasta las 12:00 PM. Domingo: hasta las 8:00 PM.

Con respecto a las fiestas y celebraciones en el área de del salón de reuniones, churuata y parrillera los cuales serán alquilados de la siguiente forma: (exceptuando días festivos, carnaval y semana santa):

Martes a jueves: hasta las 10:00 PM. Viernes y sábado: hasta las 12:00 PM.  Domingo: hasta las 8:00 PM.

Y según las capacidades máximas indicadas:

Salón de reunión: 30 personas máximo.  Parrillera + churuata: 12 personas máximo.
El personal de vigilancia y seguridad podrá avisar al propietario con media horade anticipación la entrada en vigencia de dichos horarios.

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